Baños de Montemayor, a 14 de enero de 2026.
El Pleno del Ayuntamiento de Baños de Montemayor (Cáceres), en sesión extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2025, aprobó por mayoría el Plan de Empleo Público Local del Ayuntamiento de Baños de Montemayor para el año 2026, en los siguientes términos con el fin de que puedan presentarse alegaciones a este respecto durante los próximos 30 días hábiles.
1. INTRODUCCIÓN
Tras la publicación el pasado 30 de diciembre en el BOE del Real Decreto-ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, nuestro ayuntamiento tiene que enfrentar una nueva situación en todo lo que tiene que ver con la contratación laboral de carácter temporal, sobre todo teniendo presente que recibe una gran cantidad económica en subvenciones de Diputación y de la Junta para Planes de Empleo.
2. ORIENTACIÓN DEL PLAN
Los planes de empleo que deben estar orientados a:
- Mejorar la ocupabilidad de los sectores de población con mayores problemas de inserción laboral.
- Adaptar el mercado laboral a la demanda real de empleo de la localidad.
- Dotar de mayor estabilidad el empleo púbico local respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad, añadiendo transparencia a la ejecución de la contratación laboral del Ayuntamiento.
- Combatir la despoblación mediante una política de empleo dirigida al arraigo de la población activa
- Crear un Plan de Empleo Local en del marco competencial en el que se aprueba este plan: art. 15.1 C.4ª de la Ley 3/2019, del 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
3. PROPUESTA LABORAL DEL PLAN DE ACTIVACIÓN DEL EMPLEO LOCAL
La relación de puestos de trabajo a ofertar conforme a cada programa, duración de los contratos y número de plazas de plazas en cada especialidad, sería el siguiente:
| Programa | Personal | Jornada laboral | Duración | Coste total | Aporte Dip/Junta | Aporte Ayto |
| Plan Provincial 2025 | 2 Oficiales | 100% | 12 meses | 48.000 | 42.036,91 | 5.963,09 |
| 1 peón | 100% | 6 meses | 11.500 | 8.000 | 3.500 | |
| 2 Socorristas | 100% | 2,5 meses | 9.100 | 7.000 | 2.100 | |
| Empleo EELL 2025 | 3 peones | 100% | 6 meses | 31.130 | 20.224,06 | 10.905,94 |
| PCEME 2025 | 1 peón | 100% | 6 meses | 11.500 | 8.000 | 3.500 |
| 1 Conserje | 100% | 10 meses | 17.500 | 6.000 | 11.500 | |
| 2 Limpieza | 66,66% | 12 meses | 22.500 | 11.000 | 11.500 | |
| 1 Administrativo | 100% | 10 meses | 16.000 | 13.500 | 2.500 | |
| 1 Profesor EVA | 66,66% | 9 meses | 13.000 | 5.500 | 7.500 | |
| Integra 2023 | 1 Bedel | 66,66% | 12 meses | 10.830 | 6.745 | 4.085 |
| Plan Concilia | 1 Director ludoteca | 73,91% | 4 meses | 8.800 | 8.750 | 50 |
| 1 Monitor ludoteca | 73,91% | 4 meses | 7.200 | 7.150 | 50 | |
| C. Interpretación | 2 informadoras turismo | 100% + 50% | 12 meses | 33.000 | 19.600 | 13.400 |
| AEPSA | 2 peones agrícolas | 100% | 3 meses | 8100 | 8100 | 0 |
| TOTAL | 248.160,00 | 171605,97 | 76.554,03 |
4. ORIENTACIÓN Y REQUISITOS MÍNIMOS
Las bases de las plazas de trabajo se orientarán a colectivos prioritarios conforme a lo establecido en el art.30.1 del Real Decreto Legislativo 3/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de empleo (“especialmente jóvenes, con particular atención a aquellos con déficit de formación, mujeres, parados de larga duración, personas con responsabilidades familiares, personas con discapacidad o en situación de exclusión social, e inmigrantes, con respeto a la legislación de extranjería, u otros que se puedan determinar, en el marco del Sistema Nacional de Empleo”), adaptándose a las necesidades específicas de cada municipio y concretándose en las Bases de las convocatorias de cada una de las plazas correspondientes. Los requisitos mínimos como el empadronamiento en el municipio por el tiempo que se determine, tener la condición de desempleado, u otros a fijar según las plazas a ocupar.
5. FINANCIACIÓN DEL PLAN
La financiación del Plan de Empleo Local apoyará su financiación en los diferentes planes de empleo que surjan de Organismos Supramunicipales, y en particular, de la Junta de Extremadura y de la Diputación de Cáceres.
La financiación está abierta a posibles nuevas convocatorias que pudieran surgir a lo largo del año, pero a fecha de la propuesta del Plan, existen las siguientes fuentes de financiación, provenientes de los siguientes planes:
| Entidad financiadora | Programa | Coste | Organismo | Ayuntamiento |
| Junta Extremadura | PCEME2025 | 80.500 | 44.000 | 36.500 |
| Ludotecas Rurales | 16.000 | 15.900 | 100 | |
| TOTAL JUNTA | 96.500 | 59.900 | 36.600 | |
| Diputación | Plan Provincial 2025 | 68.600 | 57.036,91 | 11.563,09 |
| Empleo EELL 2025 | 31.130 | 20.244,06 | 10.905,94 | |
| Integra 2025 | 10.830 | 6.745 | 4.0285 | |
| Centros Interpretación | 33.000 | 19.600 | 13.400 | |
| TOTAL DIPUTACIÓN | 143.560 | 103.605,97 | 39.954,03 | |
| Estado | AEPSA | 8100 | 8100 | 0 |
| TOTAL ESTADO | 8100 | 8100 | 0 | |
| TOTAL PLAN | 248.160 | 171.606 | 76.554 |
6. CONTRATACIONES. COLABORACIÓN CON EL SEXPE
Todos los fondos que nutren el presente Plan convierten a éste en un Plan de Activación del Empleo Local en los términos fijados en el art. 36 del RDL 3/2015 según la redacción del RDL 32/2021. Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del nuevo “contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo” (DA novena del RDL 3/2015 según redacción del RDL 32/2021) por un periodo máximo de 12 meses. Cuando así se determine en las bases de las convocatorias correspondientes podrán ser llevadas a cabo a través de solicitud de preselección de demandantes de empleo dirigida al SEXPE, conforme al art. 96.1 de la Ley 13/2015 de 8 de abril de Función Pública de Extremadura. La utilización de este mecanismo excepcional en la selección del empleo público incluido en el presente Plan está plenamente justificada en la consecución de los objetivos del mismo, los cuales sólo pueden garantizarse mediante la utilización de dicho mecanismo legal.
7. BOLSAS DE TRABAJO
En cada una de las selecciones se constituirá una bolsa de empleo con una duración máxima igual a la duración del contrato formalizado. Las bases de cada convocatoria concretarán el régimen de funcionamiento de dichas listas de espera.
Baños de Montemayor, 9 de Enero de 2026
María de las Nieves del Vado Fernández
Alcaldesa-presidenta
