La Junta de Extremadura impulsará la modificación de la normativa estatal para posibilitar la quema de rastrojos y disminuir el uso de productos fitosanitarios

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Mérida, a 27 de mayo de 2024.

La Junta de Extremadura impulsará ante los ministerios de Agricultura y de Transición Ecológica la modificación de la normativa estatal que prohíbe la quema de rastrojos para que se pueda utilizar este método natural ante plagas y disminuir con ello el uso de productos fitosanitarios y herbicidas.

La consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Mercedes Morán, ha señalado que la Junta entiende «el problema de los agricultores de la Campiña» por lo que ha lamentado que la normativa nacional no permita esa quema de ratrojos, ya que «no tiene sentido» que se exija a agricultores y ganaderos disminuir el uso de productos fitosanitarios y de herbicidas pero «tampoco se les deje luchar contra enfermedades y malas hierbas con métodos naturales como es la quema de rastrojos».

Además, ha recordado que la Consejería, como es sensible a las necesidades y peticiones de los agricultores a este respecto, ha incluido este año en la Orden mediante la que se declara la época de Peligro Alto la prohibición expresa de la quema de rastrojos, con la excepción de las que se autoricen en zonas de secano por motivos fitosanitarios.

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Así, según se recoge en la orden, exclusivamente las organizaciones agrarias (OPAS) pueden solicitar esta autorización excepcional siempre que vaya acompañada de un informe pericial realizado por instituciones competentes o técnicos de reconocido prestigio. Dicho informe debe acreditar que no existen otros medios que no sean manifiestamente desproporcionados para evitar la propagación de plagas.

De este modo, las OPAS tienen la posibilidad de acogerse a esta excepcionalidad y pueden solicitarlo acreditando esa necesidad para que los agricultores de zonas de secano que lo necesiten puedan hacer quemas controladas.

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